En Costa Rica, la lactancia materna no es solo una práctica recomendada por profesionales de la salud. Es un derecho protegido por ley, que involucra tanto a las madres como a sus hijos e hijas. Asegurar su cumplimiento no solo refleja sensibilidad social, sino también un compromiso real con los derechos laborales y el bienestar de las personas colaboradoras.
Desde GLC Legal, compartimos las principales obligaciones legales y recomendaciones que los centros de trabajo deben tener en cuenta para respetar y promover este derecho.
¿Qué establece la legislación vigente?
El artículo 97 del Código de Trabajo garantiza a toda madre en período de lactancia el derecho a disponer de una hora diaria remunerada para alimentar a su hijo o hija. Esta hora puede distribuirse de acuerdo con las necesidades de la trabajadora:
- Quince minutos cada dos horas.
- Treinta minutos dos veces al día.
- Una hora al inicio o al final de la jornada laboral.
Este beneficio se aplica durante los primeros seis meses de vida del menor, y puede prorrogarse si existe una recomendación médica que lo justifique.
Por su parte, la Ley de Fomento de la Lactancia Materna (N.º 7430) declara de interés público la protección y promoción de la lactancia. Esta ley establece que tanto las instituciones públicas como las empresas privadas deben implementar políticas que faciliten el proceso de lactancia, lo cual incluye la habilitación de salas destinadas a ese fin en los centros de trabajo.
¿Cómo deben ser las salas de lactancia?
El Reglamento para Salas de Lactancia Materna en Centros de Trabajo establece condiciones mínimas que estos espacios deben cumplir:
- Un área mínima de seis metros cuadrados.
- Privacidad, higiene y buena ventilación.
- Mobiliario adecuado, como sillas con respaldo y descansabrazos, y una mesa auxiliar.
- Una refrigeradora exclusiva para almacenar la leche extraída.
- Lavamanos con agua potable y jabón.
Este espacio debe estar disponible en los centros de trabajo
Por otro lado, analizando la jurisprudencia, la Sala Constitucional ha reiterado en múltiples ocasiones que la negación del derecho a la lactancia constituye una forma de discriminación. En la sentencia N.º 2023-030935, por ejemplo, resolvió a favor de una trabajadora que no contaba con condiciones adecuadas para la extracción de leche en su lugar de trabajo. El tribunal fue claro: los empleadores deben habilitar espacios dignos, higiénicos y privados para este fin.
Recomendaciones prácticas para centros de trabajo
- Implementar salas de lactancia: Acondicionar un espacio adecuado que cumpla con los requisitos normativos es una medida esencial para garantizar este derecho.
- Establecer políticas internas claras: Es importante contar con lineamientos bien definidos sobre el uso del tiempo de lactancia y el acceso a los espacios habilitados.
- Capacitar al personal: Los equipos de Recursos Humanos y los líderes deben conocer estas disposiciones legales y recibir formación para apoyar correctamente a las madres lactantes.
- Fomentar una cultura de apoyo: El respeto y la empatía son claves. Las trabajadoras deben sentirse seguras de ejercer su derecho sin temor a juicios o estigmatización.
- Evaluar y mejorar continuamente: Es recomendable establecer mecanismos de revisión y retroalimentación que permitan ajustar las políticas a las necesidades reales de las colaboradoras.
El derecho a la lactancia materna es mucho más que un cumplimiento normativo: es una oportunidad para construir espacios de trabajo más humanos, respetuosos y responsables. Las empresas que lo reconocen y lo promueven, no solo cumplen con la ley, sino que también fortalecen su cultura organizacional y su reputación como empleadores comprometidos con la equidad y el bienestar.
Para más información o asesoría sobre cómo implementar o fortalecer estas políticas en su organización, no dude en contactar al equipo de GLC Legal.
Autor: Licda. Yannsi Paniagua, Directora Laboral
Para consultas yannsi@glcabogados.com