Ley de Emisión de Activos Digitales de El Salvador: regulación, CNAD y oportunidades de inversión
Antecedentes de la Ley de Emisión de Activos Digitales de El Salvador
La regulación salvadoreña de activos digitales se desarrolla dentro de un proceso de transformación del sistema financiero y tecnológico del país.
Un antecedente fundamental fue la aprobación de la Ley Bitcoin, mediante Decreto Legislativo No. 57, de fecha 8 de junio de 2021. Con esta legislación, El Salvador estableció a Bitcoin como moneda de curso legal, convirtiéndose en el primer país en el mundo en adoptar esta medida.
Posteriormente, el país consideró necesario crear un marco jurídico más amplio que no se limitara al uso de Bitcoin, sino que además regulara la emisión, comercialización, intermediación y prestación de servicios relacionados con diferentes tipos de activos digitales.
Así, la Ley de Emisión de Activos Digitales (LEAD) fue aprobada mediante Decreto Legislativo No. 643, el 11 de enero de 2023, y publicada en el Diario Oficial No. 653, Tomo No. 438, el 24 de enero de 2023.
Posteriormente, la ley fue reformada mediante Decreto Legislativo No. 780, de fecha 27 de junio de 2023, con el propósito de brindar mayor seguridad jurídica a las ofertas públicas y privadas de activos digitales y precisar determinadas obligaciones regulatorias.
Objetivo principal de la Ley de Emisión de Activos Digitales
La Ley tiene como finalidad establecer certeza jurídica para las operaciones de transferencia de activos digitales utilizados en ofertas públicas realizadas en El Salvador.
Asimismo, establece requisitos y obligaciones para:
- Los emisores de activos digitales.
- Los proveedores de servicios de activos digitales (PSAD).
- Los certificadores.
- Los inversionistas y demás participantes del mercado.
- Las personas y entidades que intervienen en ofertas públicas de activos digitales.
El objetivo general es desarrollar un mercado de activos digitales eficiente, regulado y con mecanismos de protección para los adquirentes.
¿Qué se entiende por activo digital según la LEAD?
La ley contempla el activo digital como una representación digital que puede almacenarse y transferirse electrónicamente mediante tecnología de registro distribuido, blockchain o tecnología análoga.
Estos activos pueden ser poseídos, intercambiados, transferidos, negociados y promovidos por personas naturales o jurídicas.
Un aspecto importante es que los activos digitales regulados por este régimen no se consideran títulos valores, por lo que no se les aplican automáticamente las disposiciones propias de los títulos valores o del mercado de valores tradicional.
Autoridad competente: Comisión Nacional de Activos Digitales (CNAD)
La ley creó la Comisión Nacional de Activos Digitales (CNAD) como institución pública especializada encargada de regular y supervisar el ecosistema.
La CNAD posee personalidad jurídica y patrimonio propio, además de autonomía económica, financiera y administrativa. Entre sus funciones se encuentran la autorización, supervisión y registro de los participantes del mercado.
Actualmente, la estructura directiva publicada por la CNAD está integrada por:
- Un Presidente y Director Ejecutivo, designado por el Presidente de la República.
- Un Director Secretario, designado por el Ministerio de Economía.
- Un Director Propietario, designado por la Secretaría de Comercio e Inversiones.
La CNAD mantiene además registros públicos de proveedores de servicios, certificadores y emisiones de activos digitales.
Campo de aplicación de la LEAD en El Salvador
La Ley se aplica principalmente a las ofertas públicas de activos digitales realizadas en territorio salvadoreño, así como a los emisores, proveedores de servicios y demás participantes vinculados con dichas ofertas.
Dentro del ecosistema regulado pueden encontrarse actividades como:
- Emisión de activos digitales.
- Intercambio de activos digitales por dinero fiduciario u otros activos digitales.
- Operación de plataformas de intercambio.
- Custodia de activos digitales.
- Administración de billeteras y medios de acceso.
- Transferencia de activos digitales por cuenta de terceros.
- Recepción y transmisión de órdenes de compra y venta.
- Ejecución de operaciones con activos digitales derivados.
- Promoción, estructuración y administración de productos de inversión.
La normativa también contempla ofertas privadas, que tienen un tratamiento diferente. Por ejemplo, el reglamento establece condiciones específicas para emisiones privadas dirigidas a un máximo de 50 inversionistas calificados y requiere la participación de un estructurador registrado.
Principales autoridades relacionadas con la regulación de activos digitales
Puede distinguirse entre la autoridad especializada y otras instituciones que forman parte del entorno financiero y económico:
| Autoridad | Función relevante |
|---|---|
| CNAD | Regulación, autorización, registro y supervisión de activos digitales y sus participantes |
| Ministerio de Economía | Participación institucional en la estructura de la CNAD y políticas económicas |
| Secretaría de Comercio e Inversiones | Participación en la estructura directiva de la CNAD |
| Presidencia de la República | Designación de uno de los comisionados de la CNAD |
| Asamblea Legislativa | Creación y reforma del marco legal |
| Otras autoridades financieras y de prevención de delitos financieros | Intervienen según la naturaleza de las operaciones y obligaciones aplicables |
La regulación se complementa actualmente con reglamentos específicos sobre proveedores de servicios de activos digitales, monedas estables y registro de emisores y emisiones públicas y privadas.
Oportunidades de inversión y negocios que permite la Ley de Emisión de Activos Digitales
La importancia económica de la legislación no se limita a las criptomonedas. Una de sus principales posibilidades es la tokenización, es decir, representar digitalmente determinados derechos, activos o instrumentos y facilitar su transferencia mediante tecnología blockchain.
Tokenización de activos
Permite desarrollar modelos en los que determinados activos o derechos económicos puedan representarse mediante tokens.
Esto puede facilitar el Fraccionamiento de inversiones, el acceso de nuevos inversionistas, una mayor eficiencia en transferencias, La automatización de determinados procesos y la creación de nuevos productos financieros y de inversión.
Financiamiento empresarial
Una empresa puede estructurar emisiones digitales para obtener financiamiento, sujeto a los requisitos regulatorios correspondientes.
Esto abre posibilidades especialmente interesantes para empresas tecnológicas, startups, proyectos inmobiliarios y de infraestructura, y empresas que buscan mecanismos alternativos de financiamiento.
La propia evolución del registro de la CNAD muestra emisiones vinculadas con proyectos inmobiliarios, emprendimientos y otros modelos de inversión.
Desarrollo de fintech y servicios financieros
La regulación permite crear empresas especializadas en:
- Exchanges.
- Custodia.
- Billeteras digitales.
- Transferencias.
- Estructuración de emisiones.
- Administración de inversiones digitales.
- Servicios relacionados con activos digitales.
Esto genera oportunidades para empresas nacionales y extranjeras que quieran establecer operaciones reguladas en El Salvador.
Stablecoins o monedas estables
La normativa contempla específicamente las monedas estables (stablecoins).
Un ejemplo relevante ocurrió en 2024, cuando la CNAD informó la inscripción de Alloy by Tether (aUSDT) como primera emisión de moneda estable registrada, regulada y supervisada bajo el régimen salvadoreño.
Esto demuestra que el marco no está limitado a Bitcoin, sino que puede abarcar estructuras digitales vinculadas a monedas estables y otros activos.
Inversión extranjera
La existencia de un marco regulatorio específico puede facilitar que empresas internacionales establezcan operaciones en El Salvador, siempre que cumplan los requisitos de autorización y supervisión.
La CNAD mantiene un registro público de proveedores y emisores, lo que proporciona un mecanismo formal para identificar a los participantes autorizados.
Mercado de capitales digital
Una de las oportunidades más importantes es la convergencia entre mercados de capitales y tecnología blockchain.
En términos prácticos, la legislación permite pensar en un mercado donde determinados instrumentos o derechos económicos puedan estructurarse, emitirse y transferirse digitalmente bajo un régimen especializado.
Límites, requisitos regulatorios y precauciones de la LEAD
Es importante no interpretar la Ley como una autorización general para realizar cualquier actividad relacionada con criptomonedas.
La regulación establece requisitos de registro, autorización, información, supervisión y cumplimiento. La CNAD señala expresamente que operar sin la autorización correspondiente puede ser ilegal y estar sujeto a sanciones.
Por ello, una empresa que pretenda desarrollar un proyecto debe determinar previamente:
- Qué tipo de activo pretende emitir.
- Si se trata de una oferta pública o privada.
- Quiénes serán los inversionistas.
- Qué servicio digital prestará.
- Si necesita registrarse como PSAD.
- Qué información deberá proporcionar a los inversionistas.
- Qué obligaciones de prevención de lavado de dinero y cumplimiento le resultan aplicables.
- Qué reglamentos específicos de la CNAD regulan su actividad.
Conclusión: importancia de la Ley de Emisión de Activos Digitales de El Salvador
En términos sencillos, la Ley de Emisión de Activos Digitales de El Salvador crea una infraestructura jurídica para convertir la tecnología blockchain y los activos digitales en actividades económicas reguladas.
Su importancia radica en que establece reglas claras para emitir, comercializar, custodiar, transferir y prestar servicios relacionados con activos digitales, bajo la supervisión de una autoridad especializada: la CNAD.
Desde el punto de vista empresarial, las oportunidades más relevantes son la tokenización de activos, nuevas formas de financiamiento, desarrollo de fintech, emisión de stablecoins, servicios de custodia e intercambio, creación de productos de inversión y atracción de capital extranjero. Sin embargo, esas oportunidades están condicionadas al cumplimiento del régimen de autorización, registro, supervisión y prevención de riesgos establecido por la normativa.
Por Humberto Cuestas








